Tira y afloje

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Mientras el Gobierno intentará sacar de Santa Fe la causa judicial por la intervención de Vicentin, la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral, rechazó una recusación contra el juez de la Causa, Fabián Lorenzini, al considerarla “improcedente e infundada”.

El gobierno de Alberto Fernández advirtió en tribunales porteños que el fallo que dictó el juez de Reconquista Fabián Lorenzini sobre el caso Vicentin fue una “sentencia arbitraria”, que violó la ley de medidas cautelares y afectó la división de poderes. Por eso, en una presentación, el Ejecutivo reclamó que la causa salga de la órbita de Santa Fe y que la alegada inconstitucionalidad del decreto de intervención sea definida por la justicia en lo contencioso federal de Buenos Aires.

La demanda fue presentada el miércoles pasado. El tema ya está en estudio de la jueza María Alejandra Biotti, que giró el caso al fiscal Fabián Canda para que opine sobre la habilitación de la feria y el pedido planteado.

Por otra parte la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral rechazó un pedido de recusación contra el juez de la causa Vicentin, Fabián Lorenzini.

Es la presentación realizada por la empresa agropecuaria La Clementina que había solicitado apartar a Fabián Lorenzini por considerar que podría estar afectada su imparcialidad en el marco del concurso de acreedores que presentó la cerealera, en relación “al vínculo profesional de más de 20 años con el acreedor más importante dentro del concurso, el Banco de la Nación Argentina”.

El reclamo surge luego que Lorenzini iniciara dentro de la causa un expediente separado para tratar la solicitud de la Inspección General de Personas jurídicas (IGPJ), es decir, separó el concurso de acreedores del pedido de intervención provincial y en el mientras tanto los dueños de la empresa continuarán al frente de la empresa agroindustrial.

Otro cuestionamiento de la presentación es que el Juez tiene solamente diecisiete meses de antigüedad como juez, primera y que durante 20 años fue empleado de la entidad financiera.

Más allá de los argumentos esgrimidos por La Clementina S.A, la Cámara en su fallo reafirma: “Debemos aclarar que este cuerpo comparte plenamente el proceder del a-quo en cuanto decidió formar un incidente por separado atinente a su recusación con causa con el evidente fin de no obstaculizar la marcha del principal”.

Además, agregan: “Entendemos que no procedía ni procede en el sublite (disputa) la suspensión del trámite del concurso por el intento de recusación de su juez”, y finalizan: “Confirmar el rechazo de la recusación con causa”.

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