El juez Banegas se niega a firmar la sentencia de un caso de abusos
Se inhibió de seguir con el caso Galaz que por acuerdo tuvo una condena de 7 años de prisión por abusar de su sobrina. El juez de Reconquista se aparta acusando al procurador de la corte, Jorge Barraguirre, de “injerencia indebida” e inaceptable por declaraciones de una “gravedad institucional extrema”.
El Dr. Santiago Banegas, que debía firmar la sentencia en la que se acordó una condena de 7 años de prisión a Marcelo Galaz por abusar de su sobrina, presentó su inhibición a seguir con el caso, un cimbronazo en la causa que parecía que se aproximaba al final.
La decisión del magistrado fue sobre lo que parecía el final de la causa, ya que en una audiencia realizada el 26 de abril de 2023 en los tribunales de Reconquista, Marcelo Galaz y su víctima (que ahora ya es mayor de edad) llegaron a un acuerdo para cerrar el caso.
Marcelo Galaz debería cumplir una pena de siete años de prisión y pagar una indemnización de seis millones de pesos, de los cuales ya pagó la mitad y le queda el saldo que deberá abonar el 29 de mayo de este mismo año.
De completar el pago, el juez penal había anticipado que firmaría finalmente la sentencia acordada; y Galaz será trasladado a una cárcel para empezar a cumplir su condena.
Ahora, la Oficina de Gestión Judicial debe remitir el expediente al juez subrogante. Si acepta, quedará con el caso; pero si los argumentos de Banegas no lo convencen, puede rechazar la inhibición; y en ese caso, será la Cámara de Apelaciones la que deberá resolver quién seguirá.
El Dr. Banegas funda su inhibición en las declaraciones realizadas el 29/04/2023 por el Procurador de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en LT8 de la ciudad de Rosario, donde el periodista recordó el escándalo que envolvió esta causa judicial, a raíz de un audio con la voz del entonces fiscal del caso, Aldo Gerosa, refiriendo a que el senador provincial Orfilio Marcón le pedía que terminen con el caso Galaz antes de comenzar la campaña electoral 2023, ya que es vox populi que el acusado era secretario privado de Dionisio Scarpín, entonces intendente de Avellaneda y ahora senador nacional. Y el caso estaba a punto de cerrarse, con un acuerdo de partes, con siete años de prisión, siendo que en la acusación, el fiscal había pedido 32 años.
Cuando el periodista José Maggi le preguntó qué nivel de intervención tiene el procurador en un hecho así, si es que tiene alguno, el Dr. Jorge Barraguirre respondió: “[…] nosotros el día martes” vamos a conformar un legajo de actuaciones, obviamente, como para poder investigar las responsabilidades judiciales […]”, puntualizando que se investigaría la […] responsabilidad del magistrado en avalar, al homologar un acuerdo de partes en estos términos. Pero en esto vamos a esperar hasta el martes, nada más […]”, oportunidad en la cual, según confirmó al concluir la entrevista, habría de “iniciar las actuaciones”. Textual lo que transcribió el propio Banegas al declarar su inhibición.
Entiende el magistrado, que las declaraciones del Procurador “resultan de una gravedad institucional extrema… se trata de una injerencia indebida e inaceptable que claramente me condiciona a la hora de dictar sentencia”.
Considera que con las declaraciones del Dr. Barraguirre, “la espada de Damocles se cierne sobre mi cabeza”; ya que de no resolver acorde al parecer del Procurador, éste puede “un proceso sancionatorio en mi contra”, lo que “me expele del lugar de tercero imparcial e independiente que debería tener al momento de fallar; y me coloca en una posición absolutamente irreconciliable con mi condición de juez: aquello que yo habría de decidir ya no solo traería consecuencias para la víctima y el imputado, sino que incidiría, directamente, sobre mi propio futuro personal y laboral”.
Para el Juez Banegas, “esta situación, de por sí alarmante, luce aún más grave cuando se advierte que la opción que podría acarrear consecuencias perjudiciales hacia mí, es aquella que posiblemente habría tomado, si me hubiese encontrado en
condiciones de dictar sentencia libremente y sin presiones indebidas ejercidas por el funcionario referido”.
Añade que lo declarado por el Procurador, “me coloca en una encrucijada de la que no puedo salir indemne, careciendo de libertad para fallar conforme a mi leal saber y entender; y es por ello por lo que corresponde inhibirme…”.
Pide que se tenga en cuenta que “la independencia judicial implica que el magistrado no puede recibir instrucciones respecto de los casos sometidos a juzgamiento, ni debe ser colocado en una situación de vulnerabilidad frente a presiones de cualquier tipo, e importa que cada juez, individual y personalmente, con prescindencia absoluta de la opinión de
los demás, tiene garantizada, y debe así practicarla, la atribución soberana para resolver cada caso concreto con total autonomía de criterio. De ello se desprende que […] es soberano para resolver las causas sometidas a su decisión […] con
absoluta sujeción a la Constitución y a las leyes […]. Soberano significa que no existe nadie, cualquiera sea la jerarquía que tenga, que pueda incidir o determinarlo a resolver la causa con un criterio diferente al que él tiene al respecto…”.
El Dr. Banegas interpreta que las declaraciones periodísticas del Dr. Barraguirre atentaron contra la independencia judicial, “uno de los pilares fundamentales de la garantía del debido proceso”.