{"id":12328,"date":"2019-02-12T11:51:11","date_gmt":"2019-02-12T14:51:11","guid":{"rendered":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/?p=12328"},"modified":"2019-02-12T11:57:46","modified_gmt":"2019-02-12T14:57:46","slug":"la-camara-revoco-un-fallo-del-juez-gon-que-dejo-el-libertad-a-un-condenado-por-violacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/la-camara-revoco-un-fallo-del-juez-gon-que-dejo-el-libertad-a-un-condenado-por-violacion\/","title":{"rendered":"La C\u00e1mara revoc\u00f3 un fallo del juez Gon que dej\u00f3 el libertad a un condenado por violaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Hubo una condena de 10 a\u00f1os, pero el magistrado dispuso que quede en libertad hasta que la sentencia quede firme. La C\u00e1mara revoc\u00f3 ese fallo y orden\u00f3 la prisi\u00f3n preventiva al entender que &#8220;la presunci\u00f3n de inocencia se quiebra con la condena de primera instancia&#8221;.<br \/>\n<!--more--><\/p>\n<p>Un juez de c\u00e1mara revoc\u00f3 un fallo y orden\u00f3 la inmediata detenci\u00f3n de un condenado en primera instancia a 10 a\u00f1os de prisi\u00f3n por violaciones en perjuicio de su hija menor de edad al que un juez le hab\u00eda permitido seguir en libertad a la espera de que el fallo adquiera firmeza.<\/p>\n<p>El juez de c\u00e1mara Carlos Renna dispuso revocar el fallo del 26 de octubre de 2018 firmado por el juez de primera instancia Gustavo Gon, y la inmediata detenci\u00f3n del reo quien deber\u00e1 permanecer en prisi\u00f3n preventiva a la espera del fallo de segunda instancia.<\/p>\n<p>El Dr. Renna explic\u00f3 que entiende que la presunci\u00f3n de inocencia se quebr\u00f3 con la condena de primera instancia que sentenciaron el 23 de octubre de 2018 los jueces Claudia Bress\u00e1n, Gonzalo Basualdo y Mauricio Martelossi, lo que &#8220;da cierta certeza de la autor\u00eda&#8221;. <\/p>\n<p>Para el juez Gustavo Gon, era suficiente que el condenado Miguel Angel Portillo constituya domicilio, comparezca una vez por semana en sede policial y la prohibici\u00f3n de salir de la provincia y el pa\u00eds sin previo aviso al fiscal o al tribunal.<\/p>\n<p>El fiscal Leandro Benegas sostuvo en la audiencia el pedido de prisi\u00f3n preventiva por la magnitud de la pena en expectativa que son 10 a\u00f1os de prisi\u00f3n, por lo tanto hay certeza de sentencia. Tambi\u00e9n mencion\u00f3 el fiscal que el delito es abuso sexual agravado, una figura penal muy delicada y especial en cuanto a la v\u00edctima que es sujeto de derechos. Remarca que la condena es de cumplimiento efectivo por lo que es razonable que el condenado este preso, por la v\u00edctima y porque la sociedad asi lo reclama. Sostiene que existe peligro de fuga por la magnitud de la pena en expectativa de cumplimiento efectivo; y recuerda que durante el proceso, Portillo le cort\u00f3 el brazo con un cuchillo a la v\u00edctima para que no hable. Adem\u00e1s mencion\u00f3 la falta de arraigo ya que Portillo no tiene ni trabajo ni domicilio estable, por lo que puede profugarse y la v\u00edctima vive en la misma ciudad y existe probabilidad de reiteraci\u00f3n delictiva. Record\u00f3 el caso Oviedo juzgado por la jueza Claudia Bressan en los tribunales de la Ciudad de Las Toscas.<\/p>\n<p>La jefa regional de la defensor\u00eda p\u00fablica Valeria Lapisonde sostuvo que no hab\u00eda peligro de fuga porque Portillo siempre se present\u00f3 cuando fue requerido desde 2015 cuando se inici\u00f3 el proceso, adem\u00e1s porque apelar\u00eda la sentencia.<\/p>\n<p>El juez de c\u00e1mara Carlos Renna dice que lo cierto y concreto es que el principio de inocencia ha sido quebrado por el dictado de una sentencia condenatoria, ya no se trata de presunciones o probabilidades sino de certezas ya que la ley procesal requiere de certeza para condenar a una persona, por lo que el primer requisito para dictar una prisi\u00f3n preventiva est\u00e1 cumplido.<\/p>\n<p>El caso<br \/>\nMiguel \u00c1ngel Portillo fue condenado a 10 a\u00f1os de prisi\u00f3n por abusar sexualmente de la hija de su concubina en la ciudad de Vera. Fue en el marco de un juicio oral y p\u00fablico realizado en los tribunales verenses en el que los jueces Mauricio Martelossi, Claudia Bress\u00e1n y Gonzalo Basualdo resolvieron la pena por unanimidad.<\/p>\n<p>Portillo fue condenado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la edad de la v\u00edctima y la relaci\u00f3n de convivencia), la misma calificaci\u00f3n legal que hab\u00eda formulado el fiscal Leandro Benegas \u2013a cargo de la investigaci\u00f3n\u2013 en la acusaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cLos il\u00edcitos ocurrieron en reiteradas oportunidades durante aproximadamente cinco a\u00f1os. Siempre fueron cometidos en la casa en la que viv\u00edan la v\u00edctima y el condenado\u201d, precis\u00f3 el funcionario del MPA. Adem\u00e1s, agreg\u00f3 que \u201cPortillo tambi\u00e9n amenaz\u00f3 y hasta lleg\u00f3 a lesionar f\u00edsicamente a la v\u00edctima para que no dijera nada acerca de lo que ven\u00eda sufriendo\u201d.<\/p>\n<p>En cuanto a la pena dictada, Benegas sostuvo que \u201csi bien hab\u00edamos solicitado 14 a\u00f1os de prisi\u00f3n, entendemos que es una condena importante\u201d. No obstante, el funcionario del MPA aclar\u00f3 que \u201caguardaremos los fundamentos del fallo para analizar los pasos a seguir, porque si bien entendemos que 10 a\u00f1os de prisi\u00f3n es una pena razonable, tambi\u00e9n estamos convencidos que lo <\/p>\n<p>Gentileza ReconquistaHoy<\/p>\n<p>Foto Juez Gustavo Gon<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hubo una condena de 10 a\u00f1os, pero el magistrado dispuso que quede en libertad hasta que la sentencia quede firme. 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