{"id":19400,"date":"2021-03-28T09:05:01","date_gmt":"2021-03-28T12:05:01","guid":{"rendered":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/?p=19400"},"modified":"2021-03-28T09:06:45","modified_gmt":"2021-03-28T12:06:45","slug":"19400-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/19400-2\/","title":{"rendered":"A contramano"},"content":{"rendered":"<p>Con la segunda ola de la pandemia en el pa\u00eds y mientras se debaten medidas para mitigar sus consecuencias, los clubes de f\u00fatbol de Vera pidieron al municipio poder aumentar la cantidad de espectadores a los partidos. La Intendente de Vera se comprometi\u00f3 a gestionar el pedido.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>La Intendente Municipal, Ing. Paula Mitre, junto al encargado del \u00c1rea de Deportes, Federico Moral, se reunieron con los representantes de los cuatro clubes de la ciudad y la Liga Verense de F\u00fatbol.<\/p>\n<p>El motivo del encuentro fue el com\u00fan acuerdo entre las instituciones para solicitar la postergaci\u00f3n del inicio de los encuentros futbol\u00edsticos de la Liga, ya que el n\u00famero de simpatizantes permitido por protocolo, no redit\u00faa econ\u00f3micamente a quienes organizan cada partido.<\/p>\n<p>Al respecto, la Intendente Municipal, Ing. Paula Mitre expres\u00f3 &#8220;desde el municipio nos comprometemos a acompa\u00f1ar gestiones, ante los organismos Provinciales y\/o Nacionales, que permitan un incremento en el ingreso de p\u00fablico autorizado, con el objeto de poder sustentar los gastos b\u00e1sicos que requiere un encuentro deportivo de esta \u00edndole&#8221;.<\/p>\n<p><strong>\u00bfque dice el protocolo?<\/strong><br \/>\nART\u00cdCULO 1\u00b0: Autor\u00edzanse en todo el territorio provincial, a partir de la cero (0) hora del d\u00eda 13 de febrero de 2021, las competencias deportivas de car\u00e1cter amateur que se desarrollen en espacios abiertos al aire libre o cubiertos con suficiente ventilaci\u00f3n y que involucren la concurrencia simult\u00e1nea de hasta cien (100) espectadores, s\u00edn contar en esa cifra a los protagonistas del espect\u00e1culo, \u00e1rbitros y auxiliares intervinientes.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2\u00b0: La autorizaci\u00f3n dispuesta por el Art\u00edculo precedente queda sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos espec\u00edficos<br \/>\nestablecidos para las actividades deportivas, de las reglas generales de conducta y normas para actividades deportivas establecidas en los Art\u00edculo 5\u00b0 y 7\u00b0 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N\u00b0 67\/21 del Poder Ejecutivo Nacional (al que la Provincia de Santa Fe adhiriera por Decreto N\u00b0 0051\/21), en lo que fueren aplicables, y a las siguientes determinaciones:<br \/>\na) realizaci\u00f3n de las actividades en espacios abiertos al aire libre o cubiertos con suficiente ventilaci\u00f3n natural, habilitados por las autoridades locales y, en su caso, por las entidades que fiscalizan la actividad deportiva correspondiente;<br \/>\nb) concurrenc\u00eda utillizando elementos de protecci\u00f3n de nariz, boca y ment\u00f3n, pudiendo s\u00f3lo quit\u00e1rselo para ingerir alimentos o bebidas, y debiendo volver a ser colocado correctamente despu\u00e9s;<br \/>\nc) con un m\u00e1ximo de ocupaci\u00f3n del treinta por ciento (30%) de la superficie, el que podr\u00e1 ampliarse hasta el cincuenta por ciento (50%) de la superficie, si la evoluci\u00f3n epidemiol\u00f3gica lo permitiera y fuera autorizado por las autoridades locales, previa consulta a las autoridades sanitarias; sin exceder el m\u00e1ximo de hasta cien (100) espectadores establecido en el Art\u00edculo 1\u00b0 del presente decreto,<br \/>\nd) disponiendo de distintos lugares para el ingreso y egreso, evitando la congesti\u00f3n de personas, orientando con se\u00f1alizaci\u00f3n visible la distancia a guardar entre personas en las filas que se formen;<br \/>\ne) acondicionando espacios de espera para el ingreso, egreso o concurrencia a los sanitarios y lugares de expendio de productos, debiendo demarcarse los espacios a fin de indicar a los asistentes el deber de cumplimiento del distanciamiento interpersonal;<br \/>\nf) colocando de forma visible en las \u00e1reas p\u00fablicas dispensadores de alcohol en gel o soluci\u00f3n de alcohol al 70 %;<br \/>\ng) manteniendo constante la provisi\u00f3n en los sanitarios de jab\u00f3n l\u00edquido y papel desechable; los que deber\u00e1n ser higienizados y sanitizados adecuadamerte antesy durante la realizaci\u00f3n de la actividad, la distancia entre ubicaciones deber\u00e1 ser de 1,5 metros como m\u00ednimo. Esto podr\u00e1 realizarse con un esquema de ocupaci\u00f3n donde por cada espacio demarcado, platea o similar ocupada deber\u00e1n dejarse dos (2) espacios igualeslibres a cada lado, adelante y atr\u00e1s;<br \/>\ni) definiendo el concepto de &#8220;burbujas sociales de asistencia como espectador a actividades deportivas&#8221; como la delim\u00edtaci\u00f3n de espacios determinados para personas que concurren conjuntamente y que no deben integrar o interactuar con otras similares; las que no podr\u00e1n ser superiores a cuatro (4) personas y estar\u00e1n conformadas por espacios demarcados, plateas o similares contiguos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con la segunda ola de la pandemia en el pa\u00eds y mientras se debaten medidas para mitigar sus consecuencias, los clubes de f\u00fatbol de Vera pidieron al municipio poder aumentar la cantidad de espectadores a los partidos. 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