{"id":20992,"date":"2021-10-23T07:47:50","date_gmt":"2021-10-23T10:47:50","guid":{"rendered":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/?p=20992"},"modified":"2021-10-23T07:49:19","modified_gmt":"2021-10-23T10:49:19","slug":"20992-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/20992-2\/","title":{"rendered":"Condenas por juego ilegal"},"content":{"rendered":"<p>Dos verenses recibieron tres a\u00f1os de prisi\u00f3n condicional por asociaci\u00f3n il\u00edcita y Juego clandestino. Las condenas fueron firmadas por el Juez Gustavo Gon luego del acuerdo al que arribaron la fiscal\u00eda y los abogados defensores.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Adolfo Carlos Beckley, de 74 a\u00f1os, y Juan Atilio Senn, de 56 a\u00f1os, fueron condenados por ser autores penalmente responsables de los delitos de asociaci\u00f3n il\u00edcita y Juego clandestino (art\u00edculos 210 y 301 bis del C\u00f3digo Penal), a cumplir la tres a\u00f1os de prisi\u00f3n de ejecuci\u00f3n condicionada a ciertas reglas de conducta que deber\u00e1n cumplir: a) Fijar domicilio del cual no podr\u00e1n cambiar sin previo aviso al juzgado competente; b) Someterse al control del Patronato de Liberados; c) Abstenerse de consumir estupefacientes o de abusar de la ingesta de bebidas alcoh\u00f3licas. Dichas reglas de conductas deber\u00e1n cumplirse por el t\u00e9rmino de tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>El fallo firmado por el juez penal Gustavo Gon, sostiene que Adolfo Beckley y Juan Senn formaron parte de una Asociaci\u00f3n Il\u00edcita, destinada a la realizaci\u00f3n de actividades vinculadas a juegos de azar v\u00eda internet, en forma clandestina, de manera habitual y continua, en la que cada integrante de la organizaci\u00f3n cumpl\u00eda roles determinados, con estructura jer\u00e1rquica, formando parte de lo que se podr\u00eda denominar tercera l\u00ednea del grupo criminal, atento a que realizaban las tareas de Cajeros. Eran quienes recib\u00edan el dinero de los apostadores, a quienes se les daba una clave para ingresar a la web y hacer sus apuestas con el cr\u00e9dito comprado.<\/p>\n<p>Sostiene el veredicto que la participaci\u00f3n de Beckley y Senn surge de las comunicaciones interceptadas dentro de la investigaci\u00f3n, de donde constan comunicaciones con un gran n\u00famero de jugadores que le solicitaban cargar dinero en sus respectivas cuentas, las que tambi\u00e9n eran administradas y gestionadas por los ahora condenados.<\/p>\n<p>Tanto Beckley como Senn renunciaron al juicio oral y p\u00fablico y optaron por un acuerdo celebrado por sus abogados defensores y el fiscal Nicol\u00e1s Maglier, con autorizaci\u00f3n del fiscal regional Rub\u00e9n Mart\u00ednez, el que fue aceptado por el Estado Provincial en su rol de querellante y avalado por el juez penal Gustavo Gon, en sendas audiencias celebradas el 20 de octubre de 2021, donde ambos admitieron su participaci\u00f3n en la organizaci\u00f3n criminal destinada a la explotaci\u00f3n, administraci\u00f3n y organizaci\u00f3n de un sistema de captaci\u00f3n de juegos de azar, v\u00eda internet, sin contar con la autorizaci\u00f3n pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente.<\/p>\n<p>En su sentencia, el juez penal Gustavo Gon sostiene que &#8220;considero justo&#8221; condenar a ambos; y tambi\u00e9n resolvi\u00f3 como parte del acuerdo, devolver los 6.941 d\u00f3lares secuestrados, y los 157.290 pesos que pertenecen Beckley, ya que se acord\u00f3 que ese dinero no sea sometido a decomiso.<\/p>\n<p>Otras condenas<br \/>\nLa CPN Claudia Luj\u00e1n Prieto fue la primera condenada de esta organizaci\u00f3n delictiva, tambi\u00e9n por los delitos de asociaci\u00f3n il\u00edcita y juegos ilegales, a la pena de tres a\u00f1os de prisi\u00f3n condicional, m\u00e1s multa econ\u00f3mica en concepto de los perjuicios ocasionados. El Ministerio P\u00fablico de la Acusaci\u00f3n se qued\u00f3 a manera de multa con los 2.350 Euros, 2.643 D\u00f3lares y 250 Reales que hab\u00edan secuestrado al allanar la propiedad de la contadora condenada, quien en los pr\u00f3ximos tres a\u00f1os tiene la obligaci\u00f3n de fijar domicilio donde pueda ser localizada; no drogarse ni emborracharse, ni cometer nuevo delito doloso, entre otras condiciones para evitar la c\u00e1rcel. Como parte del acuerdo, a la condenada le devolvieron el veh\u00edculo y las joyas que le hab\u00edan secuestrado. La sentencia producto de un acuerdo en procedimiento abreviado, fue firmado el 14 de abril de 2021.<\/p>\n<p>Otro que reconoci\u00f3 los delitos y ya fue condenado es el CPN Marcelo Toscanelli. Quien fuera futbolista profesional, campe\u00f3n con Rosario Central, fue el segundo profesional de las ciencias econ\u00f3micas condenado en esta causa en la que trabajan los fiscales reconquistenses Nicol\u00e1s Maglier y Rub\u00e9n Mart\u00ednez.<\/p>\n<p>Marcelo Toscanelli, domiciliado en la localidad de Granadero Baigorria, fue condenado el 11 de mayo de 2021 como autor penalmente responsable de los delitos de asociaci\u00f3n il\u00edcita en car\u00e1cter de jefe; y por la organizaci\u00f3n y explotaci\u00f3n de juegos ilegales, seg\u00fan art\u00edculos 210 y 301 bis del C\u00f3digo Penal Argentino, a la pena de tres a\u00f1os de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo en su domicilio (donde ya estaba cumpliendo prisi\u00f3n preventiva), inhabilitaci\u00f3n absoluta, multa de $2.000.000.<\/p>\n<p>Gentileza ReconquistaHoy<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dos verenses recibieron tres a\u00f1os de prisi\u00f3n condicional por asociaci\u00f3n il\u00edcita y Juego clandestino. 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