{"id":32424,"date":"2023-07-11T10:38:20","date_gmt":"2023-07-11T13:38:20","guid":{"rendered":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/?p=32424"},"modified":"2023-07-11T10:38:57","modified_gmt":"2023-07-11T13:38:57","slug":"32424-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/32424-2\/","title":{"rendered":"La tragedia de Margarita tiene fallo firme"},"content":{"rendered":"<p>Un fallo de la Corte Nacional dej\u00f3 firme la condena por la tragedia del colegio Ecos. El caso remonta al 2006 en la ruta 11 y tuvo como v\u00edctimas a estudiantes que viajaban desde Buenos Aires hasta el Impenetrable chaque\u00f1o a realizar tareas comunitarias y desnud\u00f3 las falencias del sistema judicial del norte santafesino.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Un fallo de la Corte Nacional hizo que la condena por la tragedia del colegio Ecos quede firme en la Justicia de Santa Fe. Se trata de una resoluci\u00f3n judicial dictada en los \u00faltimos d\u00edas por los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda quienes declararon inadmisible el \u00faltimo recurso judicial presentado por la \u00fanica persona que tuvo el caso: el chofer de la empresa Godoy, el correntino Oscar Eduardo Atama\u00f1uk.<\/p>\n<p>El mismo fue condenado en octubre del 2020 a la pena de tres a\u00f1os de ejecuci\u00f3n condicional (no fue a la c\u00e1rcel) tras ser considerado responsable de los delitos de \u201chomicidio culposo m\u00faltiple\u201d y adem\u00e1s se le prohibi\u00f3 manejar cualquier tipo de veh\u00edculos durante cinco a\u00f1os.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n fue luego confirmada por los jueces Eduardo Bernacchia, Carlos Dami\u00e1n Renna y Jorge Andr\u00e9s, aunque no qued\u00f3 firme porque la defensa del chofer del colectivo, en donde viajaban las v\u00edctimas, recurri\u00f3 hasta la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en donde se confirm\u00f3 finalmente la sentencia.<\/p>\n<p>Sin embargo, la defensa de Atama\u00f1uk busc\u00f3 que la medida judicial sea revisada ante la \u00faltima instancia judicial que puede tener una causa judicial: la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, la cual, el \u00faltimo viernes 7 de julio, resolvi\u00f3 declarar inadmisible la queja presentada por la defensora y as\u00ed avalar la condena dictada en la Justicia de la ciudad de Vera, en donde se tramit\u00f3 el caso ocurrido \u00e9l al 8 de octubre del 2006.<\/p>\n<p>El accidente tuvo lugar en el kil\u00f3metro 689 de la ruta 11, en jurisdicci\u00f3n del departamento Vera, cuando el colectivo choc\u00f3 contra un cami\u00f3n Fiat Iveco que circulaba, por el carril contrario, de manera zigzagueante. Como resultado del impacto, muri\u00f3 el conductor del cami\u00f3n, identificado como \u00c1ngel Soto, falleci\u00f3 en el acto, y su acompa\u00f1ante, Hugo Fabian Albrecht. Mientras que tambi\u00e9n fallecieron nueve estudiantes y una maestra identificados como Julieta Posilovich, Daniela Carla D&#8217;agostino, Julieta Giataganellis, Delfina Goldaracena, Julieta Hartman, Nicolas Kohen, Benjamin Bravo De La Sena, Lucas Ezequiel Levin, Federico Ecker, Mariana Boy.<\/p>\n<p>Tras el accidente, se inici\u00f3 una causa judicial que tard\u00f3 14 a\u00f1os en llegar a una sentencia. Es que el tr\u00e1mite no fue como cualquier otro, sino que implic\u00f3 tres juicios que se tramitaron en el fuero judicial de la ciudad de Vera, en el norte santafesino.<\/p>\n<p>El primero ocurri\u00f3 en 2009, cuando termin\u00f3 absuelto en un fallo que dict\u00f3 el 26 de octubre el juez correccional, Jorge Galbucera. Aquella condena fue apelada por el fiscal de ese entonces, por lo que la sentencia fue revisada por un tribunal de segunda instancia que anul\u00f3 la absoluci\u00f3n y orden\u00f3 que se vuelva a realizar un nuevo juicio contra el chofer de la empresa Godoy.<\/p>\n<p>Ya para el 2011, el juez Virgilio Palud conden\u00f3 a Atama\u00f1uk a tres a\u00f1os de prisi\u00f3n condicional e inhabilitaci\u00f3n para conducir por siete a\u00f1os tras declararlo autor responsable de &#8220;homicidio culposo m\u00faltiple agravado y lesiones culposas m\u00faltiples agravadas&#8221; por el rol que tuvo cuando guiaba el colectivo en el que viajaban los estudiantes. Sin embargo, aquel fallo fue apelado por la defensa del chofer y meses despu\u00e9s la C\u00e1mara de Apelaciones anul\u00f3 la resoluci\u00f3n de primera instancia, ya que apenas comenz\u00f3 la investigaci\u00f3n, el juez no le tom\u00f3 la indagatoria.<\/p>\n<p>Finalmente, en 2013 el juez penal, Jorge Fern\u00e1ndez, consider\u00f3 que en el caso existi\u00f3 un concurso ideal de ambas figuras penales y conden\u00f3 a Atama\u00f1uk a dos a\u00f1os en suspenso y adem\u00e1s le agreg\u00f3 la inhabilitaci\u00f3n para conducir por 5 a\u00f1os. Sin embargo, la defensa del chofer interpuso, un a\u00f1o despu\u00e9s, un planteo de prescripci\u00f3n de la causa que lleg\u00f3 a ser tramitado en la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que confirm\u00f3 la resoluci\u00f3n. En paralelo, el fiscal general Carlos Steimayer plante\u00f3 un recurso extraordinario ante la Corte nacional y tuvo un nuevo desenlace, ya que en 2019 la causa debi\u00f3 volver a abrirse y ser nuevamente revisada.<\/p>\n<p>En 2020, la Justicia fall\u00f3 a favor de las v\u00edctimas y conden\u00f3 al conductor del colectivo tras considerar que el chofer pudo haber aminorado la marcha al ver que conduc\u00eda de manera imprudente el camionero y as\u00ed, quiz\u00e1s, evitado la tragedia vial.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un fallo de la Corte Nacional dej\u00f3 firme la condena por la tragedia del colegio Ecos. 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