{"id":3283,"date":"2016-01-13T15:29:32","date_gmt":"2016-01-13T15:29:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.c0500308.ferozo.com\/sitio\/?p=3283"},"modified":"2016-01-13T15:29:32","modified_gmt":"2016-01-13T15:29:32","slug":"zancada-intimo-a-fm-activa-y-pretende-amordazarnos-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/zancada-intimo-a-fm-activa-y-pretende-amordazarnos-2\/","title":{"rendered":"Zancada intim\u00f3 a FM ACTIVA y pretende amordazarnos"},"content":{"rendered":"<p>El Coordinador de los Bajos Submeridionales envi\u00f3 una carta documento amenazando con iniciar acciones legales contra este medio.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Las investigaciones period\u00edsticas de FM ACTIVA publicadas en tres notas sacaron de quicio al funcionario provincial que, mediante una carta documento, amenaz\u00f3 a este medio con iniciar una denuncia por calumnias e injurias. Al tiempo que se nos intima a no mencionarlo nunca m\u00e1s en cualquiera de las formas posibles.<\/p>\n<p><strong>El texto de la carta documento recibida el pasado viernes 8 de Enero dice:<\/strong><\/p>\n<p>Reconquista 05 de Enero de 2016. El que suscribe, Zancada Pablo Ventura, DNI 8.106.219 me dirijo a Uds. por la calumnias y el contenido injurioso de las manifestaciones hechas sobre mi persona en diversas publicaciones realizadas por Uds. en la p\u00e1gina web www.c0500308.ferozo.com en las siguientes fechas: 10 de Diciembre de 2015 con el t\u00edtulo &#8220;Patr\u00f3n de Estancia&#8221; y en fecha 20 de Diciembre de 2015 con el t\u00edtulo &#8220;Patr\u00f3n de Estancia II: Con la chatarra a otra parte&#8221;.- Todos estos presuntos hechos, actos y delitos que usted adjudica a mi persona, me est\u00e1n causando un perjuicio irreparable, tanto en el aspecto moral y en el ps\u00edquico, como en el familiar y laboral.<\/p>\n<p><strong>INTIMOLES\u00a0<\/strong>a que en el plazo perentorio de 48 horas, ratifique o rectifique lo afirmado en las publicaciones arriba mencionadas, en caso de incontestaci\u00f3n o silencio, lo interpretar\u00e9 como ratificaci\u00f3n de sus dichos en la p\u00e1gina web mencionada ut-supra. Para el caso que rectifique lo manifestado, EXIJO que publique dicha rectificaci\u00f3n en una nota de las mismas caracter\u00edsticas extr\u00ednsecas que las cuestionadas.<\/p>\n<p><strong>INTIMOLES<\/strong>\u00a0tambi\u00e9n a no hacer uso de mi nombre, o de cualquier calificativo que pueda hacer referencia a mi persona, como iniciales de nombre, apelativos a mi lugar de residencia, profesi\u00f3n, al\u00edas o historia de vida en cualquiera de sus comunicaciones de car\u00e1cter p\u00fablico en Internet. De igual manera, los hago responsables de este tipo de publicaciones realizadas por los comentarios vertidos por los lectores de dichas notas por Uds. publicadas.<\/p>\n<p>Sin perjuicio de los expuesto hago expresa reserva de iniciar querella criminal por los delitos de calumnias e injurias (art. 109, 110, 113 y 114 del C\u00f3digo Penal) como as\u00ed tambi\u00e9n de ejercer las acciones civiles que el derecho privado me confiere, por el injusto descr\u00e9dito causado a mi persona y reputaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La presente no implica renuncia alguna a mayor o mejor derecho que pudiera tener en contra de Uds.<\/p>\n<p>Quedan Uds. debidamente notificados e intimados. Saludo Atte.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #ff0000;\">Asesorados por la abogada y escribana, Dra. Graciela Vizcay G\u00f3mez, nuestra respuesta fue la siguiente:<\/span><\/strong><\/p>\n<p><em><strong>De mi mayor consideraci\u00f3n:<\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong>Me dirijo a Ud. en relaci\u00f3n a su carta de fecha 05 -01-2016 (CD190327797), por inadecuada y simuladamente intimidatoria en sus contenidos amenazantes y desapegada en el derecho invocado, la cual rechazo en toda su extensi\u00f3n.<\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong>Quiero expresarle que ante la inobservancia de la lectura actual de los art\u00edculos del C\u00f3digo Penal que Ud. cita, cuya redacci\u00f3n fue reformada a pedido de la CIDH basada en el fallo \u201cKimel\u201d que orden\u00f3 al Estado Argentino a adecuar sus normas a la Convenci\u00f3n Americana de Derechos Humanos, me veo en la obligaci\u00f3n de recordarle los textos actuales, dada su err\u00f3nea interpretaci\u00f3n o ignorancia; m\u00e1xime, habiendo ocupado el cargo de legislador nacional y siendo un funcionario de la actual gesti\u00f3n provincial. &#8211; \u201cEn ning\u00fan caso configurar\u00e1n delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de inter\u00e9s p\u00fablico o las que no sean asertivas\u201d. \u201cTampoco configurar\u00e1n delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relaci\u00f3n con un asunto de inter\u00e9s p\u00fablico\u201d, y este lo es. ( Art\u00edculo 109, 110 y 113 del CP) La jurisprudencia es inequ\u00edvoca al respecto :-&#8220;La investigaci\u00f3n period\u00edstica sobre los asuntos p\u00fablicos desempe\u00f1an un rol importante en la transparencia que exige un sistema republicano\u201d (Bulgheroni c\/ Guillermina Fossati s\/ injurias\u201d ) Asimismo, el legislador tiende a resguardar la libertad de expresi\u00f3n y la libertad de prensa, en casos donde hay inter\u00e9s del p\u00fablico. Sea que se trate de personajes p\u00fablicos o que la cuesti\u00f3n se refiera a asuntos donde la \u201ccosa p\u00fablica\u201d est\u00e1 en juego, y mis publicaciones dan cuenta de ello. No en vano, la justicia supranacional entendi\u00f3 que -&#8220;Son ambiguas y que violan la libertad de expresi\u00f3n&#8221; las condenas por calumnias e injurias en causas iniciadas por funcionarios, recordando que en sociedades democr\u00e1ticas los funcionarios se exponen voluntariamente &#8220;al escrutinio y la cr\u00edtica&#8221;. (Corte IDH, \u201cKimel vs. Argentina\u201d; Sentencia del 2 de mayo de 2008; Serie C N\u00ba 177 ) A futuro, evite cuestionar, de la forma en que lo hace, mi trabajo period\u00edstico, amparado por nuestra Carta Magna, Art 75 inc 22 , que entre otros Pactos Internacionales, comprende al Art 19, de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, donde qued\u00f3 consagrado el Derecho a la Informaci\u00f3n como derecho humano fundamental, que en posteriores documentos de la ONU, es considerado como uno de los derechos humanos medulares. Por todo lo que antecede, su carta documento tipifica claramente en el delito penal del Art.149 bis, primer p\u00e1rrafo, del C\u00f3digo Penal.<\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong>No existe el bozal legal, pero si mi Derecho a Informar. Por lo tanto abst\u00e9ngase de enviar misivas amenazantes.<\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong>Queda Ud. debidamente notificado .Atte.-<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Sin dudas que la intimidaci\u00f3n que intenta el responsable pol\u00edtico del Centro Operativo Tito Livio Coppa de Las Gamas se inscribe dentro de otras maniobras para intentar silenciar la informaci\u00f3n. Como la actitud de dos \u00bfperiodistas? que se comunicaron con este medio preocupados, no por lo que se public\u00f3, sino para que les revelemos nuestras fuentes de informaci\u00f3n. Algo que, para qui\u00e9n alguna vez hizo periodismo en serio, sabe muy bien que las fuentes nunca se revelan y no solo porque estemos amparados en un derecho constitucional, porque hace al trabajo serio y responsable de un periodista.<\/p>\n<p>Las notas publicadas est\u00e1n debidamente fundamentadas y documentadas y se muestran en las mismas notas.<\/p>\n<p>No es una investigaci\u00f3n period\u00edstica que se hizo en una semana. Llev\u00f3 tiempo, trabajo, esfuerzo y confianza.<\/p>\n<p>Nosotros no obligamos al Sr. Zancada a aceptar un cargo p\u00fablico y siendo funcionario est\u00e1 expuesto a los elogios de los periodistas que lo admiran y esconden informaci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n a las cr\u00edticas por el trabajo que desempe\u00f1a. Hay infinidad de jurisprudencia al respecto y hubiera sido bueno que el funcionario se asesorara correctamente antes de enviar la carta documento.<\/p>\n<p>En nuestros m\u00e1s de 20 a\u00f1os de trabajo period\u00edstico hemos expuesto muchas investigaciones como la de los subsidios del tren de Los Amores durante la gesti\u00f3n de Sandra Rescchia, las irregularidades de la comuna de Tartagal en \u00e9pocas de Sandrigo, como fue el paso de la dictadura en Vera, el intento de ventas de tierras en Los Amores, el manejo de planes sociales en La Gallareta, el caso de las fotomultas en Calchaqu\u00ed, en la \u00e9poca de sequ\u00eda la carencia de distribuci\u00f3n de agua potable a las comunidades del norte de nuestro departamento, las deforestaciones, el exjuez Fariz en Reconquista, las irregularidades en el Hospital de Vera o la m\u00e1s reciente la del ex concejal Julio \u201cTipi\u201d Ramos y su v\u00ednculo con la dictadura.<\/p>\n<p>Nos parece que hubiera sido m\u00e1s inteligente de su parte haber pedido un derecho a r\u00e9plica que se lo hubi\u00e9ramos otorgado, pero no, prefiri\u00f3 una actitud que parece ser m\u00e1s acorde a su personalidad y pensamiento.<\/p>\n<p>Lo conocemos a Zancada hace muchos a\u00f1os, cuando \u00e9l desde su militancia de dirigente social peleaba por reivindicaciones hist\u00f3ricas de los pobladores de nuestro norte y nosotros acompa\u00f1amos period\u00edsticamente esas luchas que muchas veces no llev\u00f3 a duros enfrentamientos con los funcionarios de turno.<\/p>\n<p>Quiz\u00e1 \u00e9l eligi\u00f3 otro camino, no lo sabemos y tampoco lo reprochamos. Nosotros seguimos haciendo periodismo.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo nos llama mucho la atenci\u00f3n su intenci\u00f3n de querer querellarnos por calumnias e injurias ya que esas figuras fueron derogadas en el 2009, justamente cuando \u00e9l ejerc\u00eda el cargo de Diputado Nacional.<\/p>\n<p>El mayor caudal que puede tener un periodista es su credibilidad, su honestidad intelectual y humana y nunca nos correremos de ese camino. Ll\u00e1mese Pablo Zancada o como se llame.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Coordinador de los Bajos Submeridionales envi\u00f3 una carta documento amenazando con iniciar acciones legales contra este medio.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":14854,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"footnotes":""},"categories":[4,1],"tags":[],"class_list":["post-3283","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacadas","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3283","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3283"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3283\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/14854"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3283"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3283"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3283"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}