{"id":38345,"date":"2024-09-23T18:31:08","date_gmt":"2024-09-23T21:31:08","guid":{"rendered":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/?p=38345"},"modified":"2024-09-23T18:31:25","modified_gmt":"2024-09-23T21:31:25","slug":"38345-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/38345-2\/","title":{"rendered":"Confirmaron la condena impuesta a una mujer que abus\u00f3 sexualmente de un adolescente en Vera"},"content":{"rendered":"<p>Se trata de Carla Soledad Kaufmann de 36 a\u00f1os, quien debe cumplir tres a\u00f1os y cuatro meses de prisi\u00f3n por la autor\u00eda del delito de estupro. El fallo de la Alzada fue dispuesto por el camarista Eduardo Bernacchia, quien no hizo lugar a lo solicitado en el recurso de apelaci\u00f3n que present\u00f3 la Defensa.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El fiscal Valent\u00edn Here\u00f1\u00fa estuvo a cargo de la investigaci\u00f3n y represent\u00f3 al MPA durante todo el proceso judicial. Record\u00f3 que &#8220;el contexto del caso es complejo porque la condenada cometi\u00f3 el estupro como parte de un plan para vengarse del padre de la v\u00edctima, lo cual se consider\u00f3 probado en el debate y fue ratificado por el magistrado que revis\u00f3 el fallo&#8221;.<\/p>\n<p>Inmadurez sexual<br \/>\nHere\u00f1\u00fa indic\u00f3 que &#8220;la condenada fue representada en la audiencia de apelaci\u00f3n por un abogado defensor diferente al que lo hizo durante el juicio&#8221;, y puntualiz\u00f3 que &#8220;los agravios al fallo se basaron en una hip\u00f3tesis distinta a la planteada por esa parte durante el debate&#8221;. Seg\u00fan subray\u00f3 el funcionario del MPA, &#8220;en ambas instancias, se dio por acreditada nuestra teor\u00eda&#8221;.<\/p>\n<p>Asimismo, se\u00f1al\u00f3 que &#8220;m\u00e1s all\u00e1 de que la Defensa plante\u00f3 que la pena impuesta era excesiva, el camarista manifest\u00f3 que lo dispuesto en ese sentido es razonable&#8221;, y a\u00f1adi\u00f3 que &#8220;el monto es muy similar al que hab\u00edamos solicitado en nuestros alegatos\u201d.<\/p>\n<p>Por otro lado, destac\u00f3 que &#8220;como ya hab\u00eda sucedido durante el juicio oral, se debati\u00f3 acerca de la inmadurez sexual del adolescente&#8221;. Al respecto, explic\u00f3 que &#8220;el abogado defensor se opuso a ese concepto con el argumento de que la v\u00edctima hab\u00eda ingresado de manera indebida a un local bailable para personas mayores de edad y consumido bebidas alcoh\u00f3licas cuya venta est\u00e1 prohibida para menores, circunstancias que de ninguna manera son determinantes para presumir la madurez sexual de un joven&#8221;.<\/p>\n<p>\u201cAdem\u00e1s, tras analizar la sentencia condenatoria, el camarista coincidi\u00f3 con el juez de primera instancia en que el adolescente no consinti\u00f3 los actos de contenido sexual que Kaufmann llev\u00f3 a cabo bajo su exclusiva dominabilidad\u201d, agreg\u00f3 Here\u00f1\u00fa.<\/p>\n<p>En tanto, el funcionario del MPA resalt\u00f3 que &#8220;el magistrado de la Alzada aval\u00f3 lo que el fallo recurrido afirma sobre la violencia psicol\u00f3gica y sexual a la que la v\u00edctima fue sometida por parte de la condenada&#8221;.<\/p>\n<p>El hecho<br \/>\nEl il\u00edcito fue cometido alrededor de las 5:30 de la madrugada del domingo 11 de junio del a\u00f1o pasado en la v\u00eda p\u00fablica de Vera. \u201cEn inmediaciones de Santa Fe y Alvear, Kaufmann le realiz\u00f3 pr\u00e1cticas sexuales al adolescente, sin que \u00e9l brindara su consentimiento\u201d, asever\u00f3 el fiscal.<\/p>\n<p>En cuanto a la planificaci\u00f3n del hecho, Here\u00f1\u00fa indic\u00f3 que &#8220;la mujer de 36 a\u00f1os obtuvo el n\u00famero de tel\u00e9fono celular del joven a trav\u00e9s de un amigo de \u00e9l, y le escribi\u00f3 mensajes de WhatsApp en los que lo invitaba a irse juntos de un boliche en el que ambos estaban\u201d. En tal sentido, precis\u00f3 que \u201csin saber qui\u00e9n era la mujer, la v\u00edctima sali\u00f3 del local bailable y se encontr\u00f3 afuera con ella\u201d.<\/p>\n<p>&#8220;Tras caminar unos metros por un recorrido que la condenada iba indicando al adolescente, llegaron a un sitio oscuro en el que tuvo lugar el il\u00edcito\u201d, detall\u00f3 el fiscal. \u201cDurante la situaci\u00f3n abusiva, Kaufmann inst\u00f3 a la v\u00edctima a no contarle a nadie sobre lo sucedido y le dijo que, si alguien se enteraba, ella ir\u00eda presa por tener el doble de la edad de \u00e9l\u201d, se\u00f1al\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cLuego de concretar su conducta delictiva, la mujer se identific\u00f3 con su nombre y apellido, le asegur\u00f3 al adolescente que sab\u00eda cosas de \u00e9l y le mencion\u00f3 que estaba al tanto de que sus padres estaban de viaje, lo cual era cierto\u201d, especific\u00f3 Here\u00f1\u00fa. &#8220;Si bien \u00e9l no conoc\u00eda f\u00edsicamente a la condenada, cuando ella le dijo qui\u00e9n era, supo que se trataba de una persona con la que su padre hab\u00eda tenido un conflicto personal\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se trata de Carla Soledad Kaufmann de 36 a\u00f1os, quien debe cumplir tres a\u00f1os y cuatro meses de prisi\u00f3n por la autor\u00eda del delito de estupro. 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