{"id":7357,"date":"2017-06-11T11:59:36","date_gmt":"2017-06-11T14:59:36","guid":{"rendered":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/?p=7357"},"modified":"2017-06-20T10:49:25","modified_gmt":"2017-06-20T13:49:25","slug":"zancada-buscar-zafar-la-justicia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/zancada-buscar-zafar-la-justicia\/","title":{"rendered":"Zancada buscar zafar de la justicia"},"content":{"rendered":"<p>Su defensa pidi\u00f3 el archivo de la causa del unimogate. El fiscal y la querella lo rechazan y presentaron la acusaci\u00f3n para el juicio. AUDIO<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>En las \u00faltimas semanas surgieron informaciones relacionadas al caso que involucra al ex funcionario provincial Pablo Zancada y al CPN Roberto Fumo vinculadas a la compra irregular de un unimog mediante un subsidio otorgado por el gobierno provincial a una comunidad aborigen de la localidad de Los Laureles (Dpto. Gral. Obligado) cuando ambos cumpl\u00edan funciones en la Estancia Las Gamas.<\/p>\n<p>El 19 de Mayo pasado el Fiscal que investiga el caso, Dr. Aldo Gerosa, convocaba al abogado querellante, Andr\u00e9s Ramseyer, y al denunciante perteneciente a la comunidad aborigen, Nicol\u00e1s Paniagua, para imponerlos de la acusaci\u00f3n que realiz\u00f3 a los funcionarios en el pedido de elevaci\u00f3n a juicio de la causa.<\/p>\n<p>En esa reuni\u00f3n se firm\u00f3 el acta de conformidad a la acusaci\u00f3n que realizar\u00e1 contra los acusados: Defraudaci\u00f3n al Estado, peculado, abuso de autoridad, malversaci\u00f3n de caudales p\u00fablicos y uso de documento falso.<\/p>\n<p>Por otro lado, una semana despu\u00e9s, El Dr. Ra\u00fal El\u00edas (abogado de Pablo Zancada) presentaba un escrito solicitando el archivo de la causa. \u201cHemos solicitado el archivo de la causa por haber pasado m\u00e1s de 6 meses de la audiencia imputativa y no hay ning\u00fan avance. Estamos en la investigaci\u00f3n preparatoria, pero ya ha pasado el plazo. No podemos esperar indefinidamente a que una persona sea sometida a juicio\u201d dijo el letrado.<\/p>\n<p>En dialogo con FM ACTIVA, el Dr. Andr\u00e9s Ramseyer, rechaz\u00f3 el pedido de la defensa de Zancada e indic\u00f3 que ya han presentado la acusaci\u00f3n contra los ex funcionarios que, a diferencia de lo solicitado por la fiscal\u00eda, piden prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo e inhabilitaci\u00f3n perpetua para ejercer cargos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!--[if lt IE 9]><script>document.createElement('audio');<\/script><![endif]-->\n<audio class=\"wp-audio-shortcode\" id=\"audio-7357-1\" preload=\"none\" style=\"width: 100%;\" controls=\"controls\"><source type=\"audio\/mpeg\" src=\"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Dr.mp3?_=1\" \/><a href=\"https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Dr.mp3\">https:\/\/fmactivavera.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2017\/06\/Dr.mp3<\/a><\/audio>\n<p>Las penas solicitadas por la querella<\/p>\n<p>a) Para Pablo Ventura Zancada la pena de Cuatro (4) a\u00f1os y Seis (6) meses de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas y, asimismo, la accesoria de inhabilitaci\u00f3n perpetua para ejercer cargos o empleos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>b) Para Roberto Carlos Fumo la pena de Tres (3) a\u00f1os y Seis (6) meses de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas y, asimismo, la accesoria de inhabilitacion perpetua para ejercer cargos o empleos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Para la fijaci\u00f3n de la misma, son circunstancias de inter\u00e9s: siguiendo el art. 451 del CP pueden distinguirse en esta acusaci\u00f3n y con relaci\u00f3n a ambos acusados, circunstancias que aumentan la culpabilidad y el reproche penal, por ende la respuesta punitiva, y otras que obran en sentido inverso. De su ponderaci\u00f3n conjunta resulta la pena en concreto peticionada. Dichas circunstancias son:<\/p>\n<p>Circunstancias agravantes de la culpabilidad y el reproche:<\/p>\n<p>\u201cArt. 41.- \u2026 1\u00ba. La naturaleza de la acci\u00f3n y de los medios empleados para ejecutarla&#8230;\u201d La repetici\u00f3n y serie de ardides y zancadillas; para defraudar al Estado provincial, del cual eran funcionarios p\u00fablicos, pero lo m\u00e1s grave S.S. es que en ello se llevaron puesta nuestra dignidad como pueble originario; ultiliz\u00e1ndonos (como anta\u00f1o) de la manera m\u00e1s vil y repugnante.- Se han aprovechado de nuestra condici\u00f3n de personas vulnerables y victimiz\u00e1ndonos de diversas maneras y n\u00f3 es s\u00f3lo ello sino que a\u00fan luego de la denuncia y la promoci\u00f3n de la acci\u00f3n penal; intentan hacer aparecer que la comunidad lucr\u00f3 con venta del cami\u00f3n, m\u00e1s artero a\u00fan.-<\/p>\n<p>\u201cArt. 41\u00ba: \u2026 2\u00ba. La edad, la educaci\u00f3n, las costumbres y la conducta precedente del sujeto, &#8230;\u201d El Sr. FUMO es contador p\u00fablico nacional, desempe\u00f1ando en la administraci\u00f3n p\u00fablica funciones inherentes a la misma que requieren de dicho t\u00edtulo habilitante. El Sr. ZANCADA es una persona de larga trayectoria en la actividad comercial, como en la funci\u00f3n p\u00fablica, habiendo sido diputado nacional por el distrito electoral Santa Fe y funcionario del Poder ejecutivo Provincial en varias oportunidades. \u00c9stos antecedentes, niveles de educaci\u00f3n, edades, actividades anteriores hacen que la conducta desplegada sea m\u00e1s reprochable a\u00fan.-<\/p>\n<p>\u201cArt. 41\u00ba: \u2026 2\u00ba&#8230; la calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir&#8230;\u201d: Debe considerarse en este sentido que no fueron necesidades b\u00e1sicas insatisfechas suyas o de personas por las que debieran especialmente velar las que determinaron la conducta, por el contrario, se trat\u00f3 de una estafa en un a\u00f1o electoral con destino incierto del dinero, con compras de bienes a s\u00ed mismo (ZANCADA a su comercio, o mejor dicho, de la SRL que \u00e9l gerentea). Infame y deleznable. Mayor culpabilidad, mayor pena.<\/p>\n<p>\u201cArt. 41\u00ba: \u2026 2\u00ba &#8230;la participaci\u00f3n que haya tomado en el hecho,&#8230;\u201d: Ambos son autores o part\u00edcipes necesarios de los hechos m\u00e1s graves, por ende su determinaci\u00f3n por el incumplimiento voluntario y consciente de la norma jur\u00eddica es merecedor de mayores reproches.<\/p>\n<p>\u201cArt. 41\u00ba: \u2026 2\u00ba&#8230; y los dem\u00e1s antecedentes y condiciones personales, as\u00ed como los v\u00ednculos personales, la calidad de las personas y &#8230; modo y ocasi\u00f3n que demuestren su mayor o menor peligrosidad&#8230;\u201d Las v\u00edctimas y\/u ofendidos por los delitos es la comunidad de etnia mocov\u00ed, particularmente pobre y necesitada, a cuyos dirigentes, vali\u00e9ndose del peso de la amistad, autoridad y de reiterados enga\u00f1os e insistencias se vulner\u00f3 en sus derechos m\u00e1s esenciales: no ser v\u00edctimas de un il\u00edcito, no ser ofendidos en su dignidad y consideraci\u00f3n moral. Ahora la comunidad tiene una deuda por la mala inversi\u00f3n del subsidio y la imposibilidad de rendir cuentas en legal forma, y si el estado provincial condonara dicha deuda, ser\u00eda una p\u00e9rdida sensible para \u00e9ste, o sea para toda la comunidad santafesina. Todo ello demuestra la falta de escr\u00fapulos que les permiti\u00f3, para fines ileg\u00edtimos o inconfesables, utilizar a personas vulnerables sin miramientos de ning\u00fan tipo.<\/p>\n<p>Circunstancias atenuantes de la culpabilidad y del reproche:<\/p>\n<p>\u201cArt. 41\u00ba: \u2026 2\u00ba&#8230; las reincidencias en que hubiera incurrido&#8230;\u201d Ambos acusados no tienen condenas anteriores.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Su defensa pidi\u00f3 el archivo de la causa del unimogate. El fiscal y la querella lo rechazan y presentaron la acusaci\u00f3n para el juicio. 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