Confirman condena a Hugo Tognoli
Es una causa en la que fue condenado en el 2015 por encubriemiento a un narco y coacción a la lider de una ONG que lo denunció. La resolución fue dictada por la Cámara de Casación penal.
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena a 6 años de prisión que el Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe le dictara al ex jefe de policía de la provincia, Hugo Tognoli, en octubre de 2015 por encubrir a un narco y coaccionar a Norma Castaño, líder de la ONG “Madres Solidarias” que denuncia el negocio de la droga en los barrios.
El fallo consta de 54 páginas y confirma los fundamentos de la resolución de primera instancia. Sin embargo, la defensa de Tognoli adelantó que el mismo será respondido con un recurso extraordinario ante la misma Cámara para ser elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Pese a la ratificación de la pena, Tognoli no volverá a ser detenido ya que estuvo en prisión preventiva durante 5 años y 3 meses en los que tramitó el expediente.
El fallo lleva las firmas de los camaristas Gustavo Hornos, Ana María Figueroa y el juez subrogante Carlos Alberto Mahiques. Aunque el encabezado del escrito es claro en cuanto a que el análisis de la apelación elevada por la defensa de Tognoli, a cargo del abogado Néstor Oroño, estuvo en manos de la Sala I de la Cámara integrada por Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Ana María Figueroa.
El dictamen surge a tan sólo 20 días de que se conociera lo resuelto por el Tribunal Oral Federal de Rosario en el cual el ex jefe de policía fue absuelto por el beneficio de la duda en una causa en la cual estaba acusado de ser parte de una “empresa criminal conjunta” con narcotraficantes del sur provincia.
El 27 de octubre de 2015 el TOF de Santa Fe compuesto por los jueces José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Lauría le impuso a Tognoli la pena de 6 años de prisión al hallarlo culpable de encubrimiento triplemente agravado por ser especialmente grave, haber actuado con ánimo de lucro y ser funcionario público; incumplimiento de los deberes de funcionario público e incumplimiento de la obligación de promover la persecución y represión de delincuentes, todos ellos en concurso real con el delito de coacciones en perjuicio de Norma Castaño.
Asimismo, el tribunal condenó en aquel momento al comisario José Luis Baella (quien estaba a cargo de la subjefatura de Inteligencia Zona Centro de la ex Drogas Peligrosas) a 5 años de prisión por los mismos delitos achacados a Tognoli.
Y a Daniel “El tuerto” Mendoza, quien se encuentra prófugo tras acceder a una salida transitoria, y que según la Justicia tenía una cocina de drogas en la localidad de Colastiné bajo la protección de la Dirección de Control y Prevención de Adicciones que conducía Tognoli, le aplicaron una pena de 6 años y 6 meses de cárcel por fabricación y comercio de estupefaciente y coacciones.
Las defensas de los tres condenados apelaron la sentencia que ahora Casación ratificó en todos sus fundamentos. Al respecto, la jueza Figueroa sostiene que “la revisión supone el control de la razonabilidad de la sentencia del tribunal, de conformidad con los alcances por previsión constitucional del principio de inocencia y del debido proceso”. Es decir que sólo se limita a “revisar el razonamiento seguido por los jueces para dilucidar si las conclusiones a las que arribaron se desprenden lógica y necesariamente de las premisas de las que parten”. Y, en ese sentido, da por sentado que las penas impuestas son las que corresponden según el buen entender de los jueces de primera instancia.