El caso que dejó al desnudo a la justicia del norte santafesino
Después de 14 años condenaron al chofer del micro de la tragedia del Colegio Ecos ocurrida en Margarita y en la que murieron 9 chicos, una docente y los del camión que embistieron al micro. Una condena irrisoria para semejante tragedia.
La tragedia del colegio ECOS fue uno de los hechos que más conmocionaron al país y luego de 14 años de idas y vueltas en la Justicia, la causa finalmente tiene un fallo que condenó al chofer del micro Oscar Eduardo Atamañuk.
Este miércoles en los tribunales de Vera, la Justicia lo señaló como autor responsable de los delitos de “homicidio culposo múltiple” y le impuso una pena de tres años de prisión en ejecución condicional y cinco años de inhabilitación de conducir vehículos.
La condena puede ser apelada por la defensa de Atamañuk.
El 8 de octubre de 2006, un camionero manejó por 40 kilómetros completamente ebrio por la ruta 11. A la altura de Margarita (en el departamento Vera), chocó contra un micro en el que viajaban alumnos del colegio Ecos, del barrio porteño de Villa Crespo. Venían de una misión solidaria en Chaco. Nueve de ellos murieron, junto a una docente, al chofer del camión y a su acompañante.
En la investigación se comprobó que, efectivamente, el conductor del camión estaba alcoholizado. La causa estuvo plagada de demoras e irregularidades, denunciadas oportunamente por los familiares de las víctimas.
Mientras que el principal acusado resultó ser el conductor del micro en el que viajaban los chicos: Oscar Atamañuk, quien afrontó tres juicios.
El primero fue en 2009. Atamañuk fue absuelto por el juez de Reconquista, Jorge Galbucera, pero el fiscal apeló y la sentencia fue anulada por la Cámara Penal de Apelaciones de Vera.
El segundo llegó en 2011. El juez penal de Reconquista Virgilio Palud condenó al chofer a tres años de cárcel en suspenso por homicidio culposo. Pero la defensa apeló y el fallo fue anulado por la Cámara de Penal de Rafaela: el juez se había olvidado de tomarle la indagatoria al acusado.
Por dichas irregularidades, la sentencia no quedó firme y la prescripción posterior dispuesta por la Cámara Penal de Rafaela dejó sin efecto la pena, y el expediente se cerró en 2015.
Sin embargo, en julio del 2019 la Corte Suprema de la Nación aceptó hacer lugar a un recurso extraordinario que habían presentado los familiares de las víctimas, con el apoyo de la Procuración General.
El voto mayoritario se remitió a los argumentos de la Procuración diciendo que la decisión de prescribir la causa no estaba debidamente fundada.
Con este fallo, la Corte dejó sin efecto la sentencia que había dispuesto la prescripción (el cierre de la causa por el paso del tiempo) y que había revocado la condena de quien se había considerado era el responsable en calidad de autor de varios delitos de homicidio y lesiones por imprudencia.
Ante esta decisión la Justicia de Santa Fe tenía que dictar un nuevo fallo que finalmente se dio a conocer este miércoles.