Un fallo que deja al desnudo a la justicia santafesina

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La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una decisión de la Justicia de Santa Fe que supuso hace casi dos años la prescripción de la causa por la tragedia del Colegio Ecos, en la que murieron 9 chicos y una docente en la Ruta Nac. 11 a la altura de la localidad de Margarita, en el departamento Vera.

Los ministros de la Corte Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti consideraron, al remitir al dictamen del procurador, que la decisión apelada carece de la adecuada fundamentación que se exige a los pronunciamientos judiciales y por ello hicieron lugar a la queja, declarando procedente el recurso extraordinario de conformidad con la doctrina sobre arbitrariedad de sentencias.

El ministro Carlos Rosenkrantz, por su parte, votó en disidencia al sostener que “la sentencia que venía siendo recurrida no era arbitraria y por tanto consideró que correspondía desestimar la queja traída”.

La causa
En el accidente —ocurrió el 8 de octubre de 2006, cerca del kilómetro 689 de la ruta nacional nº 11— perdieron la vida doce personas y casi cuarenta resultaron heridas. Diez de las víctimas eran pasajeros del ómnibus que conducía Oscar Eduardo Atamañuk y fueron lesionadas otras 39 personas.

Atamañuk afrontó tres juicios. El primero fue en 2009 y fue absuelto por el juez Jorge Galbucera, pero el fiscal apeló y la sentencia fue anulada por la Cámara Penal de Apelaciones de Vera. El segundo llegó en 2011. El juez penal de Reconquista Virgilio Palud condenó al chofer a tres años de cárcel en suspenso por homicidio culposo. Pero la defensa apeló y el fallo fue anulado por la Cámara de Penal de Rafaela: el juez se había “olvidado” de tomarle audiencia al acusado antes de dictar sentencia. El tercer juicio tuvo lugar en 2013. El juez Jorge Oscar Fernández dictó la condena a dos años y medio de prisión por “homicidio culposo” y “lesiones culposas” y una inhabilitación para conducir por cinco años.

Pero ya para ese entonces la defensa había iniciado un planteo de prescripción, que tiene éxito en julio de 2014 en la Cámara Penal de Rafaela, con la firma de los jueces Rodolfo Roulet, Juan Manuel Oliva y Hugo Degiovanni. Tres años después, la Corte Suprema de Santa Fe confirmó la decisión, pero el fiscal general de Santa Fe Carlos Steigmayer planteó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia. “Nadie chocó, nadie tomó alcohol, nadie condujo mal pero murieron 9 chicos y una docente. INjusticia de Santa Fe”, decían en el décimo aniversario los familiares de las víctimas.

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad local articulado por el Ministerio Público Fiscal contra ese fallo.

Según consta en el expediente judicial, el camión de la empresa Sarita circulaba en zig-zag a la altura de la localidad santafesina de Margarita porque su conductor, Angel Soto, quien falleció tras el choque, se encontraba altamente alcoholizado. Un acompañante del camionero también murió por el accidente. La causa movilizó a alumnos y padres del colegio, que lanzaron una campaña de concientización: el lema “Todos fuimos, todos somos, todos podemos ser”, se repite en los festivales que se organizan cada año.

Aquí podes acceder al fallo doc-29063

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