Volvió a zafar Zancada

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El Juez Basualdo rechazó un pedido de detención realizado por los abogados querellantes que entendían que había violado la restricción de contactarse o acercarse a las comunidades aborígenes de Gral. Obligado y Vera como consecuencia del caso del unimogate.

La querella había solicitado la detención del Sr. Plin Plin y su delfín Roberto Fumo al entender que los ex funcionarios habían violado el acuerdo de “no acercamiento” a miembros de la comunidad aborigen de Los Laureles, que deberán declarar en su contra en un futuro juicio oral por el caso del subsidio para la compra de un unimog y que los tiene como imputados y a un paso del juicio oral.

El juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) de Reconquista, Gonzalo Basualdo, rechazó el pedido de prisión preventiva hasta la llegada del juicio oral.

El motivo que llevó a las partes a pedir el encarcelamiento de los acusados se debió a que se habrían producido inconductas que podrían tener como fin incidir en la voluntad de los testigos, que serán citados a declarar en un futuro juicio.

Mientras las partes estaban a la espera de que la Oficina de Gestión Judicial de Reconquista fijara fecha para la realización de la audiencia preliminar, el pasado 9 de agosto se produjo un hecho puntual que echa sombra sobre el devenir del proceso.
Según un escrito presentado por la querella, ese día dos miembros de la comunidad contaron que “tenían que ir a la ciudad de Reconquista, a buscar ropa y dinero por el juicio de Zancada”.

Ante la sospecha de que los imputados romperían el compromiso de no acercamiento fijado con anterioridad por el juez Basualdo, la querella pidió que se tomen las medidas necesarias para obtener nueva evidencia y de preservación de pruebas. La tarea encomendada a la Policía de Investigaciones (PDI) consistió en filmar los encuentros, que tienen como lugares físicos la terminal de colectivos de Reconquista, la casa del propio Zancada y una vivienda que sería de una funcionaria de la delegación Reconquista de la Subsecretaría de la Niñez.

Del encuentro participaron tres miembros de la comunidad mocoví, Zancada y Fumo en persona y al terminar, los tres invitados se subieron a un remís y fueron hasta un club donde se realizaba un acto de cierre de campaña al que también asistió Zancada.

“Es evidente que el comportamiento de los imputados indica la voluntad de perturbar la investigación”. Y para ello “directamente han desobedecido la orden judicial”, denunciaron los abogados Ramseyer y Ghío.

Tras ser notificado del pedido de la querella, el fiscal Gerosa puso a disposición la evidencia recolectada por la PDI y solicitó la designación de una sala donde poder proyectar las fotos y videos aludidos. Advirtió que los imputados han pretendido “alterar la marcha del proceso” y con ello se “desconoce la autoridad del poder judicial”. Y recordó que ambos -Zancada y Fumo- tenían una “prohibición de acercamiento y comunicación con comunidades aborígenes de la etnia mocoví de los departamentos Vera y General Obligado” tal como lo solicitara previamente la fiscalía.

Durante la audiencia, los abogados de la defensa Raúl Elías y Jorge Salum rechazaron la revisión de la medida cautelar y plantearon la ilegalidad de las filmaciones obtenidas por personal de inteligencia de la PDI, a las que consideraron que fueron “obtenidas de manera clandestina”.

En ese sentido, hubo una larga discusión y la defensa planteó que sus pupilos no habían violado la medida de acercamiento, puesto que quienes se acercaron al domicilio aludido fueron los propios representantes de la comunidad Cacique Colashi. No obstante, la fiscalía y la querella le enrostraron que el mandato del juez los intimaba a que no podían acercarse ni mantener comunicación de ningún tipo con sus miembros, que fue lo que en verdad ocurrió y no fue negado.

Por último, el juez Basualdo reiteró la obligación de los imputados de no interferir en el proceso, pero no alteró las libertades ambulatorias para ninguno de los imputados.

 

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